AUTORIZACIÓN DE REPRODUCCIÓN DE USO DE IMAGEN
CONDICIONES GENERALES
1.- El derecho a la propia imagen está reconocido en el Art. 18.1 de la Constitución española y regulado por la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y la Ley orgánica 15/1999, 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
Por ello, los titulares de los datos pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación.
2.- El titular autoriza a los responsables técnicos del proyecto a utilizar su imagen tal como se reproduce sobre las imágenes realizadas en todas las actividades desarrolladas dentro del Instituto Confucio.
3.- En consecuencia el titular autoriza a los responsables técnicos a fijar, reproducir, comunicar por todo medio técnico las imágenes realizadas en el marco de la presente autorización. Las imágenes podrán reproducirse en parte o enteramente en todo soporte (Papel, numérico, magnético,…).
4.- El titular autoriza la utilización de su imagen en todos los contextos relativos a la actividad “Video institucional del ICM”, que podrán ser publicadas en Blog, página Web y medios gráficos del Instituto Confucio.
5.- El titular autoriza a que las fotografías realizadas en el ámbito del “Video institucional del ICM” pueden publicarse en diferentes medios de comunicación, asociados al nombre del autor de las fotografías.
6.- El titular de la propiedad intelectual del material obtenido es el propio titular.
7.- Los responsables del “Video institucional del ICM” prohíben expresamente una explotación de las fotografías susceptibles de afectar a la vida privada del titular, y una difusión en todo soporte de carácter ilícito.